Ley 1 de 1999.

Vigencia sin verificar

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  • TipoLey
  • 1
  • Fecha1999

Resumen.

La Ley 1 de 1999 regula la ampliación de obras en contratos de concesión y las condiciones para modificar esos contratos. Adiciona disposiciones a la Ley 5 de 1988.

Qué regula.

  • La ampliación de obras concesionadas.
  • Los costos y la retribución de las obras adicionales.
  • La formalización y autorización de las modificaciones contractuales.

A quién aplica.

  • Concesionarios de obras.
  • Consejo de Gabinete.

Puntos clave.

  1. El contrato de concesión puede modificarse para extender o ampliar las obras cuando el Consejo de Gabinete estime que existen razones de interés público o concurran causas extraordinarias o imprevistas.Art. 1
  2. El concesionario asume el costo de las obras adicionales, que deben ser de la misma naturaleza que las previstas en el contrato, y recibe una retribución del tipo y género especificados en la concesión original.Art. 1
  3. Las modificaciones forman parte de una sola relación contractual y constan por escrito mediante adenda o acuerdo suplementario, con las autorizaciones, el endoso de la fianza y los timbres fiscales correspondientes.Art. 1
  4. La ley adiciona el artículo 13-A a la Ley 5 de 1988.Art. 2

Vigencia y cambios.

  • Ley 5 de 1988Art. 1: adiciona el artículo 12-A
  • Ley 5 de 1988Art. 2: adiciona el artículo 13-A