Ley 11 de 2008.

Vigencia sin verificar

Lee el texto vigente con sus reformas, sus artículos enlazados y los fallos que lo citan.

  • TipoLey
  • 11
  • Fecha2008

Resumen.

La ley regula los beneficios fiscales de empresas inscritas en el Registro Oficial de la Industria Nacional o con contratos de fomento industrial. Modifica el artículo 23 de la Ley 28 de 1995.

Qué regula.

  • La conservación de beneficios fiscales durante el plazo restante del registro o contrato.
  • La extensión de registros industriales y los requisitos para solicitarla.
  • Las facultades para ejecutar los regímenes de fomento industrial.

A quién aplica.

  • Empresas inscritas en el Registro Oficial de la Industria Nacional.
  • Empresas con contratos de fomento industrial celebrados con la Nación.

Puntos clave.

  1. Las empresas inscritas o con contratos de fomento industrial conservan sus beneficios fiscales durante el tiempo restante de su registro o contrato, con sujeción al régimen de productos sensitivos.Art. 23
  2. Las empresas inscritas pueden solicitar antes del vencimiento de su registro la extensión de las actividades vigentes al 27 de julio de 2007; la extensión puede concederse hasta el 31 de diciembre de 2015.Art. 23
  3. Las empresas cuyos registros vencieron el 27 de julio de 2007 pueden solicitar su renovación y extensión dentro de los sesenta días contados desde la promulgación de la Ley.Art. 23
  4. El Ministro de Comercio e Industrias ejecuta estos regímenes mientras duren los registros y contratos; para los productos sensitivos, esas facultades corresponden a la comisión ad hoc.Art. 23

Vigencia y cambios.

  • Ley 28 de 20 de junio de 1995Art. 1, Art. 2: modifican el artículo 23