Ley 318 de 2022.

Vigencia sin verificar

Que crea la Comisión Nacional para el Desarrollo, Promoción, Divulgación y Fortalecimiento de los Valores Familiares, Cívicos, Éticos y Morales

  • TipoLey
  • 318
  • Fecha23 de agosto de 2022

Resumen.

La Ley 318 crea una comisión nacional encargada de elaborar un plan para promover valores familiares, cívicos, éticos y morales. También dispone su implementación y su promoción en la educación.

Qué regula.

  • La creación y composición de la Comisión Nacional.
  • La elaboración e implementación del Plan Nacional.
  • La promoción de valores en el sistema educativo.
  • La asignación de presupuesto para cumplir los objetivos del Plan.

A quién aplica.

  • La Comisión Nacional y las instituciones públicas que la integran.
  • Las organizaciones que colaboran en la implementación del Plan Nacional.
  • El sistema educativo del país.

Puntos clave.

  1. Crea la Comisión Nacional para el Desarrollo, Promoción, Divulgación, Fortalecimiento de los Valores Familiares, Cívicos, Éticos y Morales y le encarga elaborar un plan nacional sobre esos valores y una cultura de legalidad.Art. 1
  2. Define ética, familia, moral y valores para los efectos de la Ley.Art. 2
  3. Integra la Comisión con representantes de instituciones públicas y organizaciones sociales, empresariales, religiosas, educativas y periodísticas; la preside un representante del Ministerio de Desarrollo Social.Art. 3
  4. Encarga a la Comisión elaborar el Plan Nacional con políticas de divulgación y objetivos relativos a la familia, la educación en valores y la atención de familias en situación especial de riesgo.Art. 4
  5. Encarga a la Comisión coordinar la implementación del Plan con otras organizaciones y la celebración del 18 de noviembre de cada año como Día de los Valores Familiares, Cívicos, Éticos y Morales.Art. 5
  6. La Comisión promueve la inclusión de Urbanidad, Educación Cívica y Lecciones de Gobierno en el currículo, con énfasis en la Cultura de Legalidad, y la enseñanza transversal de los valores en todos los niveles educativos.Art. 6
  7. El Estado destina, mediante las instituciones públicas que integran la Comisión, el presupuesto necesario para cumplir los objetivos del Plan Nacional.Art. 7