Resumen.
La Ley 318 crea una comisión nacional encargada de elaborar un plan para promover valores familiares, cívicos, éticos y morales. También dispone su implementación y su promoción en la educación.
Qué regula.
- La creación y composición de la Comisión Nacional.
- La elaboración e implementación del Plan Nacional.
- La promoción de valores en el sistema educativo.
- La asignación de presupuesto para cumplir los objetivos del Plan.
A quién aplica.
- La Comisión Nacional y las instituciones públicas que la integran.
- Las organizaciones que colaboran en la implementación del Plan Nacional.
- El sistema educativo del país.
Puntos clave.
- Crea la Comisión Nacional para el Desarrollo, Promoción, Divulgación, Fortalecimiento de los Valores Familiares, Cívicos, Éticos y Morales y le encarga elaborar un plan nacional sobre esos valores y una cultura de legalidad.Art. 1
- Define ética, familia, moral y valores para los efectos de la Ley.Art. 2
- Integra la Comisión con representantes de instituciones públicas y organizaciones sociales, empresariales, religiosas, educativas y periodísticas; la preside un representante del Ministerio de Desarrollo Social.Art. 3
- Encarga a la Comisión elaborar el Plan Nacional con políticas de divulgación y objetivos relativos a la familia, la educación en valores y la atención de familias en situación especial de riesgo.Art. 4
- Encarga a la Comisión coordinar la implementación del Plan con otras organizaciones y la celebración del 18 de noviembre de cada año como Día de los Valores Familiares, Cívicos, Éticos y Morales.Art. 5
- La Comisión promueve la inclusión de Urbanidad, Educación Cívica y Lecciones de Gobierno en el currículo, con énfasis en la Cultura de Legalidad, y la enseñanza transversal de los valores en todos los niveles educativos.Art. 6
- El Estado destina, mediante las instituciones públicas que integran la Comisión, el presupuesto necesario para cumplir los objetivos del Plan Nacional.Art. 7